martes, 24 de septiembre de 2013

ARTÍCULO DE OPINIÓN

Es importante ver que nuestro proceso de conocimiento va de lo general a lo particular, es decir vemos al conocimiento en general y al derecho en específico. Como hemos visto el “Análisis Cultural del Derecho”, Kahn, el autor es norteamericano, su visión es completamente antropológica y cultural de derecho, tiene un enfoque externo ven al derecho desde afuera La finalidad de nuestra clase de Epistemología Jurídica es la adquisición del conocimiento. Muchas veces cuando analizamos al derecho se nos olvida el aspecto cultural. El derecho surge cuando existe la posibilidad de regular conductas piensan algunos y otros piensan que surge cuando nace con la coercitividad. Existen muchos elementos que nos ayudan a identificar una cultura, por ejemplo la religión, las tradiciones, las costumbres, los lenguajes, etc. Para estudiar al derecho, existen 5 familias de sistemas jurídicos. Un país que comparte instituciones jurídicas o que pertenecer a una misma familia tienen otros aspectos que los identifican. Por lo tanto el derecho está relacionado con muchos aspectos como la religión, derecho y religión están íntimamente ligados, también el lenguaje, el idioma. En el juicio oral el juez es el creador de la norma la dictamina y crea, proceso de canción de la norma dentro de un juzgado. Los juicios orales, no es compatible con nuestro sistema. Desde la Reforma del año 2008, no se tomó en cuenta los modelos culturales de donde se trae esa institución. No hay adaptación de nuestro derecho legislado, no se reconocieron las diferencias culturales como ejemplo tenemos al Estado de Zacatecas, que es un Estado donde existe la implementación, en nuestro país igual ha pasado por otras reformas que han impactado como la nueva ley de amparo se implementaron nuevas figuras y modelos, los cuales no es y será fácil su adaptación. Otro tema de reformas es el los derechos humanos como fenómeno cultural, cuando se crea la CNDH, estos derecho no son reconocidos en todas la sociedades por igual porque dependerá de sus propias culturas, muchas veces no se comparten los mismos tradiciones, creencias etc. La modernidad ha impactado fuertemente ahora existe una multiplicidad de culturas con diferentes tipos de modelos de derechos, en el “Análisis Cultural del Derecho”, también ve como objeto de estudio a la comunidad pues es esta la que en un tiempo y espacio mantiene las creencias y lenguajes, que precisamente al morir una comunidad muere el lenguaje con el último de sus habitantes. Los cambios en la comunidad son los que permite ver el cambio, si no vemos más allá del individuo, no vemos a la comunidad y por lo tanto no vemos los cambios que se presentan en las generaciones. Por lo que podemos decir que, el derecho es un conjunto de creencias. La ciencia es también una creencia, porque en todos lados se le va valides. También es, global así como la tecnología, el conocimiento científico es el modelo más efectivo para la construcción del conocimiento del derecho. Debemos tener presente que nuestro sistema actual no va a ser para siempre, pueden cambiar, porque no forman parte de una naturaleza prediseñada o preestablecida. Hoy en día estamos en un rompimiento de paradigma y un cambio de opinión. Los problemas esenciales del derecho tienen muchos puntos de vista, no hay verdades absolutas, ni un único punto de vista. Hay distintas perspectivas y con todas se pueden llegar a diferentes conclusiones, es decir cada uno de nosotros vemos al objeto de estudio desde diferentes corrientes de opinión.

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