Hola! Les comparto las exposiciones del día Miércoles 20 de noviembre, en las cuales aprendí que Epistemología Jurídica nos ayuda a entender, cuales son y podrían ser las nuevas perspectivas y visiones del derecho, es decir que otras disciplinas más pueden analizar al derecho, así tenemos las siguientes:
1.- LA PSICOLOGÍA. Por un lado la psicología ve al derecho desde el incumplimiento o cumplimiento de normas y por otro tiene su propia definición del derecho.
2.- LA ECONOMÍA. Analizamos que hay un gasto ineficiente que no se ve reflejado en una verdadera justicia.
3.- ECOSISTEMA. Vimos como un ecosistema es un sistema natural que está formado por un conjunto de organismos vivos (biocenosis) y el medio físico donde se relacionan (biotopo). Un ecosistema es una unidad compuesta de organismos interdependientes que comparten el mismo hábitat. Los ecosistemas suelen formar una serie de cadenas que muestran la interdependencia de los organismos dentro del sistema. También se puede definir así: «Un ecosistema consiste de la comunidad biológica de un lugar y de los factores físicos y químicos que constituyen el ambiente abiótico». Desde la visión del ecosistema vemos al derecho como un regulador de los límites del poder, ya que al igual de un ecosistema, hay una cadena de poder, del más fuerte sobre el más débil. Estaríamos frente al Jusnaturalismo, hay un orden natural racional. Existen también reglas de funcionamiento y formas de ordenación natural de las cosas como las estructuras de la sociedad.
4.- ANTROPOLOGÍA PSICOANALÍTICA. Crear un nuevo derecho a partir del análisis de los restos encontrados. Es una rama de la antropología que intenta combinar los métodos de la antropología y del psicoanálisis, con el fin de estudiar la relación entre el psiquismo y la conducta del hombre con los comportamientos y estructuras socioculturales de los grupos humanos. Los orígenes de la antropología psicoanalítica se remontan a algunos estudios de Sigmund Freud (1856-1939), el creador del psicoanálisis, sobre las mutuas influencias entre la estructura de la personalidad y por tanto de la conducta.
5.- CRIMINOLOGÍA. La criminología es la disciplina que estudia las causas del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del hombre. La criminología es una ciencia interdisciplinaria que basa sus fundamentos en conocimientos propios de la sociología, psicología y la antropología, tomando para ello el marco teórico de la medicina y el derecho penal. Las áreas de investigación criminológicas incluyen la incidencia y las formas de crimen así como sus causas y consecuencias. También reúnen las reacciones sociales y las regulaciones gubernamentales respecto al crimen. El nombre de esta ciencia fue utilizado por primera vez por el antropólogo francés Paul Topinard. En 1885, el profesor italiano de derecho Rafael Garófalo acuñó este término. Estudiar las causas que llevan a cometer un delito. Es un estudio multidisciplinario, donde el derecho interviene. Caso paradigmático.
6.- SOCIOLOGÍA RURAL. Analizamos los problemas fundamentales del agrarismo. Algunos países han tomado previsiones, de los efectos de los desperdicios biológicos. En algunos países ya hay tratamiento y regulación, pero en México aún no hay, pero si tenemos tiraderos a cielo abierto aún cuando son sancionados económicamente. Hay una crecimiento de organismos genéticamente modificados como el maíz transgénico. Aquí tenemos a la SEMARNAT, que es la encargada de la regulación. Como regula el derecho una manera fenómeno real o social Pero en esta exposición vimos que No hay planteamiento epistémico, esta al revés. Derecho por encima del fenómeno que regula. Reflexión que le aporta al estudio del objeto de estudio que es el derecho.
7.- RELIGIÓN. La religión es una actividad humana que suele abarcar creencias y prácticas sobre cuestiones de tipo existencial, moral y sobrenatural. Hay religiones que están organizadas de formas más o menos precisas, mientras que otras carecen de estructura formal; unas y otras pueden estar más o menos integradas en las tradiciones culturales de la sociedad o etnia en la que se practican. El término hace referencia tanto a las creencias y prácticas personales como a ritos y enseñanzas colectivas. La católica basada en Cristo, empieza con el Derecho en Roma. La religión cristiana se basa en la Biblia y en el derecho en su Constitución Política, en Códigos, leyes, normas etc. Por lo que el derecho para la religión es el conjunto de normas que regula la paz y el amor, el que viole esas normas hay una pena o castigo o una sanción.
8.- ANTROPOLOGÍA SOCIAL. Primero vimos la definición de Antropología y es el estudio del hombre a través de manifestaciones del sujeto. En los genes XX y XY hombre–mujer, se generan elementos culturales. Tenemos esquemas de religión y filosofía. Hay una visión evolutiva, el ser humano de reproduce y enfrenta al mundo con herramientas, trabajo, agricultura, casa, economía, derecho. Hay un papel social. El derecho surge como sanción. Pero también hay una reflexión filosófica de todo su mundo. Se generan estructuras teóricas para reflexionar y mejorarlo. Trabajar menos y ganar más dinero. Hay retroalimentación en ambas, generan un binomio. Se generan disciplinas, como la ciencia del derecho. El derecho es modelador de conductas y con una función integradora de la sociedad a través de las normas. La antropología social es la rama de la antropología que centra su estudio en el conocimiento del ser humano por medio de sus costumbres, relaciones parentales, estructuras políticas y económicas, urbanismo, medios de alimentación, salubridad, mitos, creencias y relaciones de los grupos humanos con el ecosistema.
9.- DERECHO BINARIO. Se utilizó por primera vez en 2012. Relación de los individuos de forma virtual, tecnología, internet. El compañero realizó una crítica porque no se debería llame así, opinó que se tendría que crear una nueva rama del derecho que regule las tecnologías. Que genere los principios de como se creó el CPU, los software, que regule fotos, vídeos, grabaciones. En lo particular considero que esta no es una nueva visión para ver al derecho porque es realidad es una rama del derecho, es decir el derecho binario es Derecho Binario es la rama del derecho que se encarga del estudio de las normas que regulan la relación entre los individuos basada en su realidad virtual y de ellos con dicha realidad, así como el estudio de las normas que regulan la conducta de los individuos basada en las nuevas tecnologías e Internet.
1.- LA PSICOLOGÍA. Por un lado la psicología ve al derecho desde el incumplimiento o cumplimiento de normas y por otro tiene su propia definición del derecho.
2.- LA ECONOMÍA. Analizamos que hay un gasto ineficiente que no se ve reflejado en una verdadera justicia.
3.- ECOSISTEMA. Vimos como un ecosistema es un sistema natural que está formado por un conjunto de organismos vivos (biocenosis) y el medio físico donde se relacionan (biotopo). Un ecosistema es una unidad compuesta de organismos interdependientes que comparten el mismo hábitat. Los ecosistemas suelen formar una serie de cadenas que muestran la interdependencia de los organismos dentro del sistema. También se puede definir así: «Un ecosistema consiste de la comunidad biológica de un lugar y de los factores físicos y químicos que constituyen el ambiente abiótico». Desde la visión del ecosistema vemos al derecho como un regulador de los límites del poder, ya que al igual de un ecosistema, hay una cadena de poder, del más fuerte sobre el más débil. Estaríamos frente al Jusnaturalismo, hay un orden natural racional. Existen también reglas de funcionamiento y formas de ordenación natural de las cosas como las estructuras de la sociedad.
4.- ANTROPOLOGÍA PSICOANALÍTICA. Crear un nuevo derecho a partir del análisis de los restos encontrados. Es una rama de la antropología que intenta combinar los métodos de la antropología y del psicoanálisis, con el fin de estudiar la relación entre el psiquismo y la conducta del hombre con los comportamientos y estructuras socioculturales de los grupos humanos. Los orígenes de la antropología psicoanalítica se remontan a algunos estudios de Sigmund Freud (1856-1939), el creador del psicoanálisis, sobre las mutuas influencias entre la estructura de la personalidad y por tanto de la conducta.
5.- CRIMINOLOGÍA. La criminología es la disciplina que estudia las causas del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del hombre. La criminología es una ciencia interdisciplinaria que basa sus fundamentos en conocimientos propios de la sociología, psicología y la antropología, tomando para ello el marco teórico de la medicina y el derecho penal. Las áreas de investigación criminológicas incluyen la incidencia y las formas de crimen así como sus causas y consecuencias. También reúnen las reacciones sociales y las regulaciones gubernamentales respecto al crimen. El nombre de esta ciencia fue utilizado por primera vez por el antropólogo francés Paul Topinard. En 1885, el profesor italiano de derecho Rafael Garófalo acuñó este término. Estudiar las causas que llevan a cometer un delito. Es un estudio multidisciplinario, donde el derecho interviene. Caso paradigmático.
6.- SOCIOLOGÍA RURAL. Analizamos los problemas fundamentales del agrarismo. Algunos países han tomado previsiones, de los efectos de los desperdicios biológicos. En algunos países ya hay tratamiento y regulación, pero en México aún no hay, pero si tenemos tiraderos a cielo abierto aún cuando son sancionados económicamente. Hay una crecimiento de organismos genéticamente modificados como el maíz transgénico. Aquí tenemos a la SEMARNAT, que es la encargada de la regulación. Como regula el derecho una manera fenómeno real o social Pero en esta exposición vimos que No hay planteamiento epistémico, esta al revés. Derecho por encima del fenómeno que regula. Reflexión que le aporta al estudio del objeto de estudio que es el derecho.
7.- RELIGIÓN. La religión es una actividad humana que suele abarcar creencias y prácticas sobre cuestiones de tipo existencial, moral y sobrenatural. Hay religiones que están organizadas de formas más o menos precisas, mientras que otras carecen de estructura formal; unas y otras pueden estar más o menos integradas en las tradiciones culturales de la sociedad o etnia en la que se practican. El término hace referencia tanto a las creencias y prácticas personales como a ritos y enseñanzas colectivas. La católica basada en Cristo, empieza con el Derecho en Roma. La religión cristiana se basa en la Biblia y en el derecho en su Constitución Política, en Códigos, leyes, normas etc. Por lo que el derecho para la religión es el conjunto de normas que regula la paz y el amor, el que viole esas normas hay una pena o castigo o una sanción.
9.- DERECHO BINARIO. Se utilizó por primera vez en 2012. Relación de los individuos de forma virtual, tecnología, internet. El compañero realizó una crítica porque no se debería llame así, opinó que se tendría que crear una nueva rama del derecho que regule las tecnologías. Que genere los principios de como se creó el CPU, los software, que regule fotos, vídeos, grabaciones. En lo particular considero que esta no es una nueva visión para ver al derecho porque es realidad es una rama del derecho, es decir el derecho binario es Derecho Binario es la rama del derecho que se encarga del estudio de las normas que regulan la relación entre los individuos basada en su realidad virtual y de ellos con dicha realidad, así como el estudio de las normas que regulan la conducta de los individuos basada en las nuevas tecnologías e Internet.










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